Vivir en España es para muchos un sueño. Los españoles no tenemos muy claro el motivo en según qué momentos, pero lo cierto es que son cada vez más los extranjeros que acuden a nuestro país con la intención de quedarse. A nivel turístico es fácil de comprender y de ejecutar. Sin embargo, la cuestión cambia cuando se trata de venirse a trabajar y establecerse. En estos casos, e incluso a la hora de venir a pasar unas vacaciones, es necesario disponer de un permiso de residencia.
El permiso de residencia es la autorización que proporciona el gobierno a todos los extranjeros no comunitarios, es decir, aquellos que no forman parte de la Unión Europea, que quieren residir en España de forma legal. Este permiso se solicita cuando el periodo de la estancia supera los noventa días.
Se trata de un permiso que se regula dentro del marco legal de la Ley de Extranjería y el Reglamento de la Ley de Extranjería. Se divide en dos tipos de permiso, con sus respectivos subtipos: residencia temporal y de larga duración, antiguamente conocida como residencia permanente. Este permiso se dirige únicamente a los extranjeros no comunitarios, puesto que los ciudadanos que proceden de los Estados miembros de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza, así como los familiares a los que se pueda aplicar el régimen comunitario, no necesitan obtener ningún permiso para permanecer en España.
De manera que, mientras que los ciudadanos de la Unión Europea y pertenecientes al Espacio Económico Europeo o Suiza pueden permanecer y residir en España con total libertad, del mismo modo que los españoles pueden hacerlo en esos países, los ciudadanos procedentes de otros países necesitan solicitar un permiso de residencia. En función de sus circunstancias y necesidades particulares, deberán solicitar el que mejor se adapte a las mismas, como veremos a continuación.
Tipos de permiso
Con objeto de conocer con mayor detalle todo lo relativo a los permisos de residencia que se pueden solicitar en nuestro país, nos hemos acercado a Nostrum Legal, especializados en extranjería y siempre dispuestos a informar de la forma más correcta y adecuada en cada situación. Como decíamos, el permiso de residencia consiste en una autorización concedida por el gobierno de España a un extranjero no perteneciente a la Unión Europea o no comunitario, para residir de forma legal en nuestro país, por periodos superiores a los noventa días. Este permiso no debe confundirse con el permiso de estancia.
La regulación de los permisos de residencia se encuentra en la normativa correspondiente, el Capítulo II (De la autorización de estancia y de residencia) del Título II (Régimen jurídico de los extranjeros) de la Ley de Extranjería.
El Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Extranjería, en su Título IV, relativo a la residencia temporal; el Título VII, correspondiente a la residencia temporal por circunstancias excepcionales; y el Título X, para la residencia de larga duración.
Con la ley por delante, podemos adentrarnos en los diferentes tipos de permiso que se pueden solicitar para permanecer en España de forma legal. Existen dos tipos: el temporal y el de larga duración, anteriormente conocido como residencia permanente. Estos permisos se dirigen, volvemos a repetir, a los extranjeros no comunitarios.
El permiso de residencia temporal consiste en una autorización que permite la permanencia en España por periodos superiores a los noventa días, pero inferiores a los cinco años. Se puede renovar, en conformidad con las circunstancias que motivaron la primera autorización.
Tal y como reza el artículo 31.1 de la Ley de Extranjería: “La residencia temporal es la situación que autoriza a permanecer en España por un periodo superior a noventa días e inferior a cinco años”. Las autorizaciones de duración inferior a cinco años podrán renovarse, a petición del interesado, atendiendo a las circunstancias que motivaron su concesión. La duración de las autorizaciones iniciales de residencia temporal y de las renovaciones se establecerá reglamentariamente.”
Por otro lado, el permiso de residencia de larga duración autoriza a quienes lo solicitan a residir y trabajar en España en las mismas condiciones en las que lo hacen los españoles. Los requisitos para solicitarlo son varios y, entre ellos, debe encontrarse la residencia de forma legal y continuada dentro del territorio español, durante los cinco años que permite la residencia temporal.
El artículo 32.1 de la Ley de Extranjería lo expone como “la residencia de larga duración es la situación que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente, en las mismas condiciones que los españoles.”
Aparte de estos permisos, existen otros tipos con los que se pretende atraer a ciudadanos de otros países, con la finalidad de que emprendan en nuestro país. Así como la posibilidad de pasar en España un tiempo inferior a los noventa días, en lo que se denomina estancia de corta duración.
Requisitos y procedimiento para solicitar la residencia
Llegado el momento de solicitar un permiso de residencia para entrar en nuestro país, con la intención de permanecer en él por un largo periodo de tiempo, es imprescindible que se cumplan unos requisitos generales, todos ellos iguales en cualquier caso y situación:
- No ser ciudadano de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza.
- No ser familiar de ciudadanos de los países citados, a los que se les puede aplicar el régimen de ciudadano de la Unión.
- No encontrarse en España de forma irregular.
- No tener antecedentes penales en España o su país de origen o residencia anterior, por delitos tipificados dentro del ordenamiento jurídico español.
- No tener prohibida la entrada a España.
- No constar como rechazable en alguno de los países con los que España tenga firmado un convenio de esta naturaleza.
- No encontrarse dentro del plazo de tres años del compromiso de no retorno a España, asumido por los extranjeros que deciden volver a su país dentro del programa de retorno voluntario.
Una vez que conocemos los requisitos, toca el turno de saber qué tipo de documentación es necesaria a la hora de solicitar la residencia.
- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.
- Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción, que es un documento con el que se evita quedar indocumentado, inscribiéndose en el Registro Central de Extranjeros. Este documento debe contar con una vigencia de al menos cuatro meses.
- Certificado de antecedentes penales.
Cuando se comprueba el cumplimiento de los requisitos y se dispone de toda la documentación necesaria, el procedimiento a seguir sigue unas pautas generales. Aunque conviene saber que cada situación es particular, por lo que el permiso de residencia en cada caso exigirá una documentación y procedimiento particular. No obstante, en líneas generales se realizan dos pasos:
- Presentación de la solicitud y documentación correspondiente en la Oficina de Extranjería de la provincia de residencia. Los documentos en otro idioma deben presentarse traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio en el que se presente.
- Abonar la tasa de residencia.
Presentada toda la documentación y realizada la solicitud, la oficina de extranjería dispone de tres meses para conceder el permiso. En caso de no ser así y no existir ningún tipo de comunicación por parte de la oficina, debe entenderse que la solicitud ha sido rechazada por silencio administrativo. Cuando se concede, el permiso de residencia tiene una vigencia de un año, en la que puede adjuntarse una autorización de trabajo por cuenta propia o ajena durante ese periodo de vigencia. Finalizado el tiempo de vigencia, puede solicitarse una prórroga u otro tipo de autorización.
Transcurrido un mes desde que se obtiene la autorización como residente, se debe solicitar la Tarjeta de Identidad correspondiente en la oficina de extranjería o la comisaría de policía correspondiente.
Para finalizar, citaremos los diferentes tipos de permiso de residencia temporal que se pueden solicitar, a razón de las circunstancias que motivan la solicitud.
- Permisos de residencia por motivos de trabajo por cuenta ajena que pueden solicitarse como: autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena; contratación de origen; autorización de trabajo de duración determinada. La normativa actual permite que con estas autorizaciones se puedan ejercer actividades por cuenta propia.
- Permisos de residencia por motivo de trabajo por cuenta propia. Con dos autorizaciones posibles: autorización para inicio de proyecto empresarial; autorización para trabajo por cuenta propia.
- Otros permisos de residencia temporal por trabajo, destinados a actividades de difícil encuadre en los otros grupos y que responden a la necesidad de realizar algún tipo de actividad laboral o profesional, como, por ejemplo, deportistas o trabajadores del sector audiovisual.
- Permisos de trabajo por motivo de estudio, movilidad, voluntariado o actividades formativas.
- Permiso de residencia temporal por motivos no lucrativos, sin realizar actividad laboral y acreditando que se dispone de medios económicos suficientes para sufragar los gastos.
- Permiso de residencia por motivos excepcionales como arraigo de segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo y familiar. Razones de protección internacional, humanitarias, colaboración con las autoridades, víctimas de violencia de género o sexual, colaboración contra redes organizadas y víctimas de trata de seres humanos.
Hasta aquí todo lo esencial para conocer los permisos de residencia que se pueden solicitar en España. No obstante, en cada caso, conviene consultar con los expertos en estas cuestiones.